Reconocimiento de la naturaleza como entidad sujeto de derechos: ¿una consecuencia de las limitaciones del derecho ambiental?

Número

Secció

MONOGRÀFIC

Autors/ores

  • Carolina Montes Cortés

Paraules clau:

Derechos de la naturaleza, antropocentrismo, biocentrismo, ecocentrismo, derecho ambiental

Publicat

2022-06-28 — Actualitzat el 2022-06-29

Resum

El reconocimiento de la naturaleza como entidad sujeto de derechos generó, sin duda, un importante cambio en la tradicional concepción e interpretación del derecho el cual ha tenido siempre como eje fundamental al hombre, concebido tanto en su dimensión individual como colectiva. Así, la categoría de sujeto de derechos reservada a los seres humanos abre un espacio para la inclusión de la naturaleza ampliando el espectro de este reconocimiento, tal y como se había hecho en el pasado a las personas jurídicas. Reconocer el medio natural como el centro del derecho genera un cambio en el paradigma que ubica al ser humano como el eje y la razón del derecho. Y si bien, los cambios generan resistencia, la situación de amenaza ambiental que enfrenta la humanidad no le dejará otro camino que modificar concepciones y comportamientos respecto a su papel frente al entorno natural.

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No

Com citar

Montes Cortés, C. (2022). Reconocimiento de la naturaleza como entidad sujeto de derechos: ¿una consecuencia de las limitaciones del derecho ambiental?. Revista Catalana De Dret Ambiental, 13(1). https://doi.org/10.17345/rcda3338 (Original work published 2022)

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